CAPÍTULO XII
DEBERES DERIVADOS DE NUESTRAS RELACIONES CON LA SOCIEDAD
La moral, en toda su extensión, es un exponente de relaciones naturales, cuyo conocimiento es infalible auxiliar de perfeccionamiento individual y colectivo, porque, haciendo más claros y patentes los deberes que de ellos se derivan, los hace más amables.
Por eso tiene tanta más importancia el análisis y clasificación de esas relaciones cuanto más complejas son ellas y más difíciles de cumplir, y aun percibir, los deberes que originan. En la última y más alta división de la moral hay, como hemos visto, relaciones y deberes tan íntimamente ligados al desenvolvimiento de la conciencia en individuos y en sociedades, que hay innumerable cantidad de aquéllos y desconsoladora mayoría de éstas, que todavía no se han elevado al grado de razón y de conciencia en que se manifiestan las relaciones más excelsas y los deberes más augustos. De ahí la necesidad de hacer un análisis minucioso de los deberes sociales, refiriéndolos con metódica puntualidad á las relaciones de donde doctrinalmente se derivan. Así establecida la filiación de los deberes, se harán cada día más orgánicas y más coherentes las relaciones establecidas por la naturaleza de la sociedad y por la del sér consciente entre una y otra; y así serán cada vez más amables y más cumplidos los deberes, porque, lejos de esclavizar la conciencia humana á facultades, potestades y destino que están fuera de su mundo, la hacen más libre cuanto más á su opción y elección libre dejan el cumplimiento del deber.
Los que inmediatamente se derivan de nuestras relaciones con la sociedad se agrupan con la mayor espontaneidad en dos grupos: el de los deberes genéricos y el de los deberes secundarios.
Los deberes genéricos se deducen inmediatamente de cada una de las relaciones sociales. La relación de necesidad induce al deber de trabajo; la relación de gratitud, al de obediencia; la de utilidad, al deber de sacrificio; la relación de derecho funda el deber de educación.
Una clasificación tan precisa no sería completa: su misma precisión obstaría á la modificación de esos deberes genéricos por el grupo social en que han de funcionar, y lo que más urge á la moral social es definir con tal puntualidad los deberes referentes á la vida de relación en cada grupo, que la generalidad del deber y la vaguedad de sus límites no obscurezcan la relación ni debiliten el deber. De ahí que al grupo de los deberes genéricos se subordine el de los deberes secundarios, porque, efectivamente, los primeros generan los segundos. Cada deber genérico se modifica por la influencia del medio social en que actúa: el trabajo es un deber en toda la serie social; pero no actúa directamente como trabajo, ni con el fin propio del trabajo en toda ella: la gratitud es un deber para el hombre con respecto á la Humanidad, como lo es para el hijo con respecto al padre; pero no funciona del mismo modo en esos dos términos extremos de la serie social.
Lo mismo sucede en todo otro caso de deber: el genérico se modifica por un deber concreto, que es generado por aquél.
No sea, sin embargo, tan fatigosa la clasificación de los deberes que los haga ingratos, y óptese por una como la que seguimos, en que exponemos los deberes según las relaciones que los modifican.
Examinemos el primer grupo de deberes deducidos de la primera relación social:
Como la primera de nuestras relaciones con la sociedad es la necesidad, y como _necesidad_ es obligación impuesta por la Naturaleza, ó medio coactivo de que ella se vale para compulsarnos á realizar nuestros fines individuales en el seno de la sociedad, bastará reflexionar un poco para encontrar que el trabajo es el primero de nuestros deberes sociales, porque es el modo único, á la vez que universal, de satisfacer todas y cualesquiera necesidades, ya físicas, ya morales, ya intelectuales.
Siendo el trabajo el medio necesario de satisfacer necesidades y encontrándonos relacionados por la necesidad á todos y cada uno de los grupos sociales, el trabajo es un deber que se nos impone de un modo natural en nuestras relaciones con la familia, con el municipio, con la provincia, con la nación, con la sociedad internacional, con la Humanidad.
Mas como el trabajo no es meramente la aplicación de nuestros músculos á una industria material, sino que es también la aplicación de cualquiera fuerza de nuestra mente, de nuestra voluntad y de nuestro ánimo á la producción de un objeto de vida, ya para nosotros mismos, ya para cualquiera de los grupos sociales, el trabajo toma distintos nombres y el deber del trabajo recibe tantas denominaciones cuantas modificaciones experimenta.
Así, si llamamos deber de trabajo al modo único de cumplir las obligaciones que la relación de necesidad nos impone en la familia, tenemos que buscar y dar un nombre más adecuado á ese deber en cada una de las relaciones restantes.
Por eso llamamos deber de contribución al trabajo ó esfuerzo que hacemos en pro de la sociedad municipal; deber de fomento, al trabajo que hacemos para contribuir al desarrollo de la sociedad provincial; deber de patriotismo, á la serie de esfuerzos que hacemos para conservar íntegra la cuarta relación; deber de subordinación, á los esfuerzos que intentamos en pro de la concordia en la familia de las naciones, trabajando por subordinar el bien de nuestra propia patria al bien de la civilización universal. El deber de trabajar por el progreso de la Humanidad se llama con el mismo nombre que se da á la suma de esfuerzos por desarrollarla.
El segundo grupo de deberes deducidos de la segunda relación es tan natural como el primero.
Ya sabemos que la gratitud es la segunda de las relaciones que nos ligan á la sociedad, y debemos saber que _gratitud_ es el reconocimiento del beneficio recibido. Si, pues, estamos ligados por gratitud á todos y cada uno de los grupos sociales en que funcionamos, es evidente que de esa relación se derivará un deber correspondiente á ella.
El deber correspondiente á la gratitud es la obediencia, y ese es el deber general que esta relación nos impone en nuestra vida de familia, de vecinos, de provincianos, de nacionales y de hombres. Pero también este deber tiene distintas denominaciones, porque es distinto su modo de actuar en cada grupo social. Con efecto: si como hijos ó miembros de una familia obedecemos al superior, como miembros del municipio, de la provincia, de la nación, de la sociedad internacional y de la Humanidad, nuestra obediencia á la ley y régimen de cada uno de esos grupos no es la misma ni tiene el mismo carácter que la obediencia á que estamos sujetos dentro del hogar. De aquí que, dejando el nombre de obediencia al deber que nace de esta segunda relación del individuo en la familia, tengamos el nombre de deber de sumisión para el segundo grupo social; el deber de adhesión, para el tercer grupo; el de acatamiento á la ley, para el cuarto grupo; el de acatamiento á la civilización, para el quinto grupo; el de acatamiento á la razón y la conciencia humana, en el grupo más extenso.
El tercer grupo de deberes derivados de la tercera relación es tan natural como necesario. Todo lo que sirve para un uso es útil, y todo lo que tiene la propiedad de ser útil contribuye al mejoramiento de las condiciones de la vida. La utilidad, por lo tanto, es la propiedad que los objetos físicos, morales ó mentales tienen de ser aplicados á mejorar las condiciones de la vida. En la capacidad de lo útil para producir tal resultado se funda la relación innegable y positiva que nos liga con todos y cada uno de los grupos sociales. En esto también se funda la realidad del deber que se deriva de esta fecunda relación.
Cuando pensamos atentamente en lo que es la utilidad, tal como acabamos de definirla, y vemos la variedad de fines de asociación y reconocemos que ninguna cosa material é inmaterial puede servirnos para el mejoramiento de nuestra vida, si no relacionamos lo que es útil para cada cual con lo que es útil para todos, veremos que los deberes que se derivan de la relación de utilidad son de los más elevados y austeros que se nos presentan, por más que, según concebimos generalmente esa noción, de lo que tenemos por egoísta utilidad no se pueda derivar ningún noble deber.
Á la verdad, si por útil no tenemos sino lo que sirve para nuestro uso y redunda exclusivamente en nuestro bien individual, de la utilidad no saldría más deber que el de sacrificarlo todo á nuestro bien individual. Pero siendo la utilidad una propiedad natural de los objetos físicos y morales para servir los fines todos, y no habiendo ningún fin individual que se pueda cumplir fuera de la sociedad, claro se ve que para que una cosa nos sea útil, es necesario que nos lleve naturalmente al cumplimiento de nuestros fines sociales.
He aquí por qué, en esta relación de utilidad, se fundan deberes tan elevados como el de sacrificio, en el primer grupo social; el de cooperación, en el segundo grupo; el de unión, en el tercero; el de abnegación, en el cuarto; el de conciliación, en el quinto; el de coordinación, en el último.
Por distintos que sean los nombres, el deber, en el fondo, es uno mismo, y consiste en utilizar cuantos bienes hallamos á mano, siempre que concurran al bien de la familia, del municipio, de la provincia, de la nación y de la Humanidad.
El cuarto grupo de deberes derivados de la cuarta relación es más evidente que cualquiera otro, pero también es más complejo que otro alguno. La relación de derecho, que sólo á la de deber es superior, y ni aun á la relación de deber, porque, en realidad, el derecho y el deber son inseparables complementos lógicos é ideológicos, se ha de entender con perfecta claridad, con más perfecta claridad que cualquiera otro, porque es más transcendental.
Para que entendamos bien el carácter de esta relación, sepamos bien lo que es derecho.
Podemos considerar el derecho desde tres puntos de vista:
1.º Como acto con el cual reconocemos ó damos á cada cual lo que es suyo.
2.º Como expresión estricta de la justicia estricta.
3.º Como conjunto de condiciones necesarias y naturales que ligan al hombre individual con el hombre colectivo, ó, lo que es lo mismo, al individuo con la sociedad.
Desde el primer punto de vista, el derecho sirve para relacionar los hombres con los hombres, porque manifestando por medio de él la fuerza de la justicia natural, facilita la unión y armonía de los hombres. Con efecto: no hay nada que facilite más la concordia y que disipe el furor de las discordias, como aquella disposición benévola en favor de la justicia que muestran, intuitiva ó reflexivamente, aquellos hombres que cumplen y aman el deber de ejercitar en todo caso sus derechos y de atenerse en todo al principio de equidad y de justicia.
Desde el segundo punto de vista, el derecho tiene también virtud y eficacia para ligar á los hombres con los hombres, porque expresa, no ya el sentimiento de justicia individual de que hablamos poco ha, sino aquel sentimiento de justicia colectiva, y, mejor se dirá, aquella noción y conciencia colectiva de la justicia que se manifiesta organizada en funcionarios públicos y en corporaciones instituídas por la ley. Como que al juez y á los tribunales toca el interpretar el sentimiento público y la conciencia colectiva de lo justo, no se puede dar ni hay una institución que más sirva para la alianza, armonía y corporación de todos los elementos y grupos sociales.
Desde el tercer punto de vista, el derecho se reconoce como una condición para un objeto ó como un medio necesario para un fin humano, porque, en efecto, de ningún modo pueden hacerse en la vida social una porción de actos necesarios si el derecho no los legitima. De aquí su fuerza orgánica, ó, lo que es lo mismo, la fuerza natural para organizar que tiene el derecho; pues si, efectivamente, él es lo que da legitimidad á actos que sin él no la tendrían, es claro que la sociedad no sería el conjunto orgánico que es, si el derecho no relacionara, en relación de sus medios y sus fines, los componentes todos de la sociedad.
Desde cualquiera de estos puntos de vista que consideremos la relación del derecho, veremos que viene á corroborar y confirmar la realidad y la eficacia de las relaciones anteriores. Y así es; la necesidad se confirma y corrobora por el derecho que la limita y por la fuerza que da á los que la satisfacen conforme á su derecho; la gratitud se confirma y corrobora con el derecho, porque eleva el sentimiento, que puede ser inconsciente é irreflexivo, á la categoría de virtud y reflexión; la utilidad se confirma y corrobora por el derecho, porque éste es quien más efectivamente quita al instinto utilitario su tendencia egoísta y da á la relación de utilidad toda la fuerza que necesita para ligar lo que el egoísmo desligaría.
Por lo demás, si el derecho es un conjunto de condiciones que ligan á los asociados en cualquier medio social, clara es la transcendencia de esta relación, puesto que, en definitiva, el derecho es lo que, por su propia virtud y por la del deber que lo estimula, mantiene los vínculos sociales.
En la relación de derecho, como en todas las demás, el nombre genérico del deber que corresponde en todos los grupos sociales es el nombre mismo de la relación. Así podemos decir: deberes de derecho. Pero como esta locución es un poco alambicada, la renunciamos, y diremos que el derecho del individuo, como miembro de la familia, y en su relación con ella, es deber de educación.
El derecho del individuo, como miembro del municipio y en su relación con él, se llama deber de instrucción fundamental; el derecho del individuo, como miembro de la provincia, se llama deber de educación profesional; el derecho del individuo y su relación con la sociedad nacional, se rige y denomina por los deberes constitucionales; el deber de ejercitar el derecho en las relaciones internacionales se rige por el respeto al derecho de gentes. El deber de ejercitar el derecho en todo caso humano lucha por el derecho.