Chapter 37 of 68 · 385 words · ~2 min read

XXXVIII.

Queremos hacer hincapié en un punto interesante: la cuestión de los premios y castigos. El Gobernador don Miguel de Muesas, en su Directorio General, de 1770, aconsejaba, que el masetro deberá tratar á los niños con _dulzura y prudencia_. El regidor Tadeo de Rivero, diputado de las escuelas de San Juan, en su _Instrucción Metódica indicaba, que en la escuela debe proscribirse todo castigo de manos_, que más valía no admitir á un niño en la escuela que azotarlo.

El Gobernador don Miguel de la Torre, en su _Bando de buen gobierno_, publicado el 2 de enero de 1824, en su artículo 5º hacía encargo particular á los maestros, que emplearan toda su eficacia é influencia en inspirar á los niños las máximas de nuestra santa Religión, destinando dos horas, de un día señalado de la semana, para darles lecciones de moral pública. El Gobernador Conde de Mirasol, por Circular especial de 1845, de que nos hemos ocupado oportunamente, abolía el uso de la palmeta en las escuelas y condenaba los castigos corporales. El Gobernador Messina, en su _Decreto Orgánico_ disponía en el Art. 31 que “en la impesición de castigos procurará el maestro evitar que la repetición de unos mismos venga á ser causa de que el niño pierda la vergüenza; cuidando de variarlos, acomodándolos al carácter individual de los discípulos, sin faltar nunca á la justicia.” En el artículo 32 indica seis maneras de corregir á los discípulos, _para evitar los castigos corporales aflictivos_. Y en el artículo 33 dispone, que “no se impondrá jamás castigo alguno que tienda por su naturaleza á debilitar ó destruir el sentimiento del honor.” Y el Gobernador Marchesi, en 1867, separó al maestro de la escuela pública de Adjuntas, porque imponía castigos corporales á sus alumnos.

Tenemos orgullo en anotar esta actitud de los Gobernadores españoles contra el castigo corporal en las escuelas, cuando actualmente con el decantado régimen democrático de los Estados Unidos, en las leyes que nos rigen sobre escuelas, existe aún el castigo corporal para los educandos, á pesar de haber propuesto varios representantes de la Cámara Baja que fueran suprimidos, á lo que se ha opuesto siempre el Comisionado de Instrucción americano en la Cámara Alta. La Moral y la Psicología rechazan la violencia del castigo corporal como medio auxiliar de educación pública.